Las medidas de apoyo para los profesionales autónomos

Con la aprobación por parte del Consejo de Ministros de las medidas de apoyo para los autónomos, se busca mejorar la situación de estos profesionales privados: favoreciendo la iniciativa privada e intentar que aumenten el número de profesionales de este sector, así como promover la economía social mediante bonificaciones, donde en las cooperativas y sociedades laborales puedan entrar nuevos socios trabajadores y se facilite también que las empresas contraten personas que estén en riesgo o exclusión social.

Las principales medidas de apoyo para los profesionales autónomos son:

  • Una ampliación de edad para cobrar la prestación de desempleo al mismo tiempo de estar dado de alta como autónomo, durante un máximo de 9 meses. Limitación que se extiende a todos los grupos de edad para que el emprendedor tenga cierta seguridad para el inicio de su negocio.
  • Capitalización de prestación por desempleo. Disponen de un capital inicial para invertir en la nueva actividad solicitándose desde un inicio el 100%, bien solo una parte y la otra se puede usar para el pago de las cuotas que correspondan a la Seguridad Social, o destinar el 100% al pago de estas cuotas. Se amplía el plazo de recuperación del pago periódico hasta los 60 meses para percibir la prestación mensualmente, en caso de no capitalizar toda la prestación.
  • El aumento de capacidad de interlocución a organizaciones de autónomos. Además de capacidad de contratación, a los autónomos económicamente dependientes (TRADE).
  • Opción de aplazamiento de cobro, con máximo de 5 años, para los autónomos que no quieran capitalizar la prestación ni compatibilizarla con el principio de la andadura empresarial. Así pueden disponer de un fondo al que recurrir en caso de que el negocio de inicio no fuera correcto.
  • Un mantenimiento y ampliación de la Tarifa plana. Se beneficia a los autónomos que tienen tarifa plana de 50 euros (cuota de régimen de autónomos, RETA) en los 6 primeros meses a la Seguridad Social. Pueden seguir disfrutando los autónomos menores de 30 años y los mayores que no hayan sido nunca autónomos o no lo hayan sido en los últimos 5 años aún contratando a un trabajador. La cuota aumentará cada 6 meses y se abonará transcurridos 18 meses desde el momento de alta en el RETA. Aquellas personas que fueran víctimas de violencia de género o terrorismo o personas con discapacidad, pueden acogerse a la tarifa plana durante un período de 1 año.

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