El proceso de adopción con la nueva Ley de la Infancia

Con la nueva Ley de la Infancia el gobierno pretende reducir al mínimo la cifra de los pequeños que se encuentran en residencias o centros de acogida. Para ello, se establecen una serie de medidas para agilizar los trámites de custodia y adopción, además de proteger a los más pequeños:

  • La adopción abierta que consiste en que los pequeños adoptados pueden, en determinados casos, establecer un contacto con los miembros de la familia biológica. Será el juez quien debe tomar esta decisión tras oír al menor y a las 2 familias.
  • Un permiso paternal, en el cual si un pequeño se encuentra en situación de desamparo puede ser adoptado a los 2 años sin necesidad de permiso de los padres biológicos, si no se han tomado las medidas pertinentes para revertir la situación.
  • En el caso de que un pequeño es candidato a ser adoptado, puede empezar a convivir con la familia que la entidad pública que le custodie considere idónea. Así se conseguirá acortar el tiempo que los niños pasen en los centros para ser recibidos por una familia.
  • Los pequeños adoptados tendrán el derecho a conocer sus orígenes, mediante los registros de las Administraciones públicas de al menos 50 años.
  • Aquellas familias que tengan problemas económicos pueden entregar a sus hijos para ser tutelados por la administración durante 2 años, donde las Administraciones decidirán entregar el niño en acogimiento o adopción a una familia.
  • Se puede revertir la situación de desamparo declarada de un menor, por parte de los padres durante los 2 primeros años. Más adelante será el Ministerio Fiscal quien puede impugnar la declaración.
  • Se dará el permiso laboral para asistir a las sesiones formativas a aquellos futuros padres y madres de adopción o acogida que lo necesiten.
  • Aquellos hijos de mujeres víctimas de violencia de género son también considerados víctimas de malos tratos, debiendo los jueces tomar las medidas necesarias, previendo que estos niños permanezcan con sus madres. 

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